ENISA (Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad) es la agencia de la Unión Europea a la que se le ha encomendado la misión de velar por un alto nivel común de ciberseguridad en toda Europa.

Creada en 2004 y reforzada por el Reglamento sobre la Ciberseguridad de la UE, la Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad contribuye a la política de seguridad cibernética de la UE, mejora la fiabilidad de los productos, servicios y procesos de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) mediante programas de certificación de la ciberseguridad, coopera con los Estados miembros y con los organismos de la UE y ayuda a Europa a prepararse para los desafíos del mañana en materia de ciberseguridad. Mediante el intercambio de conocimientos, la creación de capacidades y la sensibilización, la Agencia coopera con las principales partes interesadas para fortalecer la confianza en la economía conectada,  impulsar la resiliencia de las infraestructuras de la Unión y, por último   proteger a la sociedad y a la ciudadanía europea de las amenezas digitales.

En un mundo marcado por la hiperconectividad, la actividad de los ciberdelincuentes plantea una amenaza importante para la seguridad interna de la Unión Europea y para la seguridad en linea de sus ciudadanos en línea. La pandemia de COVID-19 ha puesto en relieve la necesidad de una mayor seguridad en el mundo digital. Las personas han incrementado su presencia en línea, tanto para mantener relaciones personales como profesionales, a la vez que los ciberdelincuentes Han sabido sacar provecho de la,  En especial, escogiendo como objetivos el comercio y los negocios con pago electrónico, así como los sistemas de atención sanitaria.

Qué hacemos
Mandato y Marco reglamentario de la ENISA

El Reglamento de la ENISA es el (Reglamento (UE) 2019/881 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, relativo a la ENISA (la Agencia de la Unión Europea para la Ciberseguridad) y a la certificación de la ciberseguridad de las tecnologías de la información y la comunicación y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 526/2013 («Reglamento sobre la Ciberseguridad»).

Estructura y organización
un Consejo de Administración
El Consejo de Administración garantiza que la Agencia lleva a cabo sus tareas ateniéndose a los requisitos que le permiten desempeñar sus cometidos con arreglo al Reglamento de base.
Y Comité Ejecutivo
El Comité Ejecutivo elaborará las decisiones que serán adoptadas por el Consejo de Administración.
Un director ejecutivo
El director ejecutivo es responsable de la gestión de la Agencia y desempeña sus cometidos independientemente. El actual director ejecutivo de la ENISA es Juhan Lepassaar, que asumió sus funciones en octubre de 2019.
Una Red Nacional de Oficiales de Enlace
La NLO facilita el intercambio de información entre la ENISA y los Estados miembros de la UE.
Un Grupo Consultivo
El grupo consultivo se centra en cuestiones que resultan relevantes para las partes interesadas y las eleva a la atención de la ENISA.
Grupos de trabajo ad hoc
El director ejecutivo establece grupos de trabajo ad hoc integrados por expertos. Los grupos de trabajo ad hoc abordan cuestiones científicas y técnicas específicas.

El Reglamento 2019/881 prevé también que la ENISA asistirá a la Comisión facilitando las funciones de secretaría del Grupo Europeo de Certificación de la Ciberseguridad (ECCG) y que la ENISA facilitará la secretaría del Grupo de las Partes Interesadas sobre Certificación de la Ciberseguridad (SCCG). 

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